Cuando un proveedor va a acceder a datos personales de tu empresa, pasa a ser Encargado de Tratamiento. El responsable solo puede contratar a quienes ofrezcan garantías suficientes de seguridad y cumplimiento, y debe formalizar un contrato de encargo. Aquí tienes una guía práctica para elegir bien y evitar sustos.
¿Quiénes suelen ser Encargados de Tratamiento?
- Asesorías fiscal/contable/laboral, abogados y auditores.
- Proveedores IT: mantenimiento, cloud, hosting, correo, SaaS, copias de seguridad.
- Desarrolladores e implantadores de ERP/CRM y soporte remoto.
- Seguridad (CCTV), control de accesos, destrucción de papel/discos.
- Marketing y atención al cliente (emailing, chat, formularios, encuestas).
Proceso recomendado (y documentado) en 3 pasos
- Pedir garantías al proveedor: políticas y medidas de seguridad, cifrado y copias, control de accesos, gestión de brechas, listado de subencargados, ubicaciones de datos y si hay transferencias internacionales.
- Valorar y aprobar las garantías según el riesgo de tus tratamientos. Deja constancia (acta o informe breve). Principio de accountability.
- Firmar el contrato de encargo con el contenido mínimo legal (instrucciones, confidencialidad, seguridad, subencargados, ayuda en derechos/brechas, devolución/supresión al terminar, etc.).
Cuándo hacerlo
- Ideal: antes de contratar (fase de compra/negociación).
- Corrector: durante la relación (regularización tras auditoría).
- Malo: después de una brecha… cuando ya es tarde para negociar garantías.
Checklist exprés para aprobar a un proveedor
- Base de legitimación correcta y contrato de encargo listo para firma.
- Medidas técnicas: cifrado en tránsito/descanso, contraseñas sólidas, doble factor, copias probadas.
- Medidas organizativas: control de accesos, altas/bajas de usuarios, formación, registro de incidencias.
- Brechas: canal de notificación, plazos y responsable, plantillas de reporte.
- Subencargados: listado, aviso de cambios y derecho a oponerte si sube el riesgo.
- Ubicación de datos: dentro de la UE/EEE; si hay terceros países, SCC y evaluación de impacto de transferencias.
- Fin del servicio: devolución/supresión certificada y plazos de conservación.
Errores comunes que cuestan dinero
- Confiar en el “consentimiento” del cliente para tapar todo: no sustituye tus obligaciones como responsable.
- No inventariar proveedores ni contratos: cuando llega una auditoría, falta trazabilidad.
- Olvidar a los subencargados del proveedor (p. ej., su cloud o su herramienta de tickets).
- No revisar la ubicación real de los datos ni las transferencias fuera de la UE.
Plantilla mínima de contrato (estructura sugerida)
- Objeto y duración del encargo.
- Instrucciones documentadas y finalidades.
- Medidas de seguridad (anexo técnico).
- Confidencialidad y deber de secreto.
- Subencargados y comunicación de cambios.
- Asistencia en el ejercicio de derechos y gestión de brechas.
- Devolución o destrucción de datos al finalizar; auditorías y evidencias.
Conclusión: subcontratar es necesario, pero exige evaluar, aprobar y documentar a tus proveedores con acceso a datos. Si quieres, podemos revisar tu inventario y dejar listos los contratos de encargo y las evidencias de cumplimiento.